top of page

Estados de emergencia en Colombia ante el Coronavirus - Covid - 19

Cristina Londoño  |  14 mayo 2020

Palabras clave:

Coronavirus - Covid 19 - Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica - emergencia sanitaria - Presidencia de la República.

A partir del momento en que la Organización Mundial de la Salud declaró el brote del nuevo Coronavirus (Covid-19) (ver http://www.mlconsultores.com.co/que-es-el-coronavirus-covid-19) como una pandemia y como la fuente de una situación de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, las autoridades colombianas empezaron a adoptar medidas para detener la transmisión y prevenir que el virus se propagara en nuestro territorio.

Estados de Emergencia

El mecanismo principal y que por excelencia está previsto por la Constitución Política para este tipo de contingencias es el estado de emergencia, como una figura de tradición y que permite al Estado y a sus dirigentes actuar con prontitud y con medidas extraordinarias para atender las necesidades de recursos humanos y financieros.

La primera medida que se tomó en Colombia fue la declaratoria de emergencia sanitaria que inició el 12 de marzo y está prevista por ahora hasta el 31 de agosto de 2020 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social[1]. Esta declaratoria de emergencia es especializada en medidas de carácter sanitario para contener la propagación del virus y mitigar sus efectos en toda la población.

Unos días más tarde, la Presidencia de la República, junto con la refrendación de todos los Ministerios, considerando que ante la urgencia y gravedad de la crisis ocasionada por el riesgo de propagación, era necesario declarar en el territorio Colombiano el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por un término de 30 días a partir del 17 de marzo de 2020, fecha en la que se decretó la medida excepcional[2].

Considera el Presidente de la República que en razón a que las herramientas ordinarias contempladas en la Ley no son suficientes para atender con previsión los riesgos de la pandemia, la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica se presenta como el mecanismo para vencer la imposibilidad que las normas ordinarias tienen para superar con eficacia el riesgo que ocasiona la emergencia.

Para continuar con dichas medidas, especialmente aquellas que puedan proporcionar los instrumentos legales para efectuar las operaciones presupuestales que sean necesarias, la Presidencia de la República decretó por segunda ocasión en este año el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, nuevamente por un término de 30 días que estuvo vigente hasta el 06 de junio de 2020[3].

 

Medidas del Estado de Emergencia

Son varias las necesidades que se pretenden cubrir a partir de la declaración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por parte de la Presidencia de la República, como medidas para conjurar la crisis:

  • La disposición de recursos adicionales a los ordinariamente presupuestados para atender las necesidades sociales y económicas.

  • La revisión de medidas tributarias y de impuestos para asignar beneficios a los actores de la economía, así como facilitar los procesos de reorganización empresarial.

  • La generación de incentivos al empleo, asegurar la alimentación y los servicios básicos a la población.

  • Y en general la expedición de normas que tengan como finalidad ofrecer una respuesta ágil y eficaz a los retos sociales y económicos que generan la emergencia sanitaria.

 

 

Temporalidad​

 

Se ha de recordar que las decisiones enmarcadas dentro de los estados de emergencia en la medida en que obedecen a la atención de necesidades anormales y extraordinarias, se presentan como soluciones de carácter temporal y que por demás tienen límites enmarcados en la Constitución Política y un estricto control por parte de la Corte Constitucional[4] y el Congreso de la República, para lo cual hasta la fecha la Corte Constitucional encontró ajustado a la Constitución el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 "por el cual se declara un estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional"

En el marco de dicha temporalidad se han venido anunciando distintas extensiones a la orden de aislamiento preventivo obligatorio, el que inicialmente estaba decretado por parte del Ministerio del Interior y programado para retomar actividades el día 14 de abril[5], habiéndose realizado varias extensiones y aperturas paulatinas de distintos sectores de la economía[6], de tal forma que hasta el momento se tiene que la próxima fecha contemplada de finalización de dicho aislamiento sería el 15 de julio de 2020[7].

Finalmente, nos mantenemos con el impulso de insistir en la adopción de fórmulas reales, que atiendan las necesidades de todos los sectores, incluyendo los que se encuentran dentro de la economía informal, para que en los espacios de trabajo y en el desarrollo de fuentes productivas de ingreso se sostenga la economía y por supuesto se siga protegiendo la salud de todos nosotros.

¿Necesitas más información?

Estamos aquí para ayudarte. Llámanos y síguenos en nuestras redes.

bottom of page